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Deberes y Derechos del pasajero El Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (INAC), quien es la Autoridad Aeronáutica de la República, en su Providencia sobre Regulación Parcial sobre las Condiciones Generales del Transporte Aéreo que establece las “Normas sobre Compensación y Asistencia a los Pasajeros en caso de Denegación de Embarque injustificado, Cancelación o Retraso de los Vuelos” Ellas están relacionadas con la Compensación y Asistencia que deben dar las aerolíneas a los Pasajeros en caso de: También presenta los derechos del transportista aéreo a ser compensado cuando el pasajero sin previo aviso, no utilice la plaza reservada y el derecho que tiene el transportista aéreo a cancelar la reservación efectuada por el pasajero y los tramos subsiguientes del vuelo objeto del viaje cuando el mismo no se presente oportunamente para su registro, ante el transportista aéreo encargado de efectuar el vuelo. En relación a este último punto es importante recordar a todos los pasajeros que hayan efectuado su reserva, que deben presentase en los mostradores de las aerolíneas, a los fines de chequear su boleto, previo a la hora de salida prevista o autorizada, por lo menos con una (01) hora de anticipación en los vuelos nacionales, y dos (02) horas de anticipación en los vuelos internacionales. En los terminales nacional e internacional del Aeropuerto Internacional de Maiquetía "Simón Bolívar", hay oficinas del Instituto de Aeronáutica Civil-INAC, donde puede acudir en caso de algún problema relacionado con sus derechos como pasajero. |